lunes, 12 de enero de 2009

LA INCAPACIDAD DE NUESTRA ESPECIE PARA SALVAR SU PROPIA VIDA

Hace 16 años. Cuando en Venezuela irrumpió aquel importante movimiento de insurrección militar contra la cuarta República, la esperanza de los más débiles renació. La lucha que librábamos los estudiantes, profesores, intelectuales en general, al lado de los trabajadores y el Pueblo, encontró una manera de encauzar la eterna ilusión de una revolución en la que los intereses de la Sociedad fueran los que gobernaran desde un nuevo tipo de Estado.

Hoy después de 16 años, los niveles de pobreza siguen siendo graves. Las Misiones no han motivado suficientemente la conciencia revolucionaria; sin embargo, el Pueblo se interesó por leer y hoy en día creo que como líder de este proceso de cambios, el Presidente Chávez tuvo la capacidad de convocar a la gran masa para aprender a leer y escribir y luego a estudiar, debatir, redactar y apoyar una nueva Constitución. En este artículo no pretendo hacer un juicio de valor completo sobre el proceso o la tarea de nuestro Presidente. Traigo a colación el punto porque inicié en este Blog un conjunto de reflexiones sobre el recalentamiento global para concluir que el capitalismo es la causa directa de la destrucción acelerada de la vida humana en el planeta.

Los tiempos se adelantan en todos los aspectos. Los fenómenos que avizorábamos para 50 años, hoy pueden aparecer dentro de los siguientes diez años; y siendo este el problema más agudo para la sobrevivencia de la especie, he encontrado en la invasión y la masacre al Pueblo Palestino por parte del Gobierno de Israel, la expresión más tangible y dolorosa de lo que podría ser una extinción humana provocada por los líderes capitalistas del mundo. Reconozco en este sentido, en nuestro Presidente su capacidad y valor para actuar sin dobleces.

Estaba preparando un breve estudio de las limitaciones del Sistema Jurídico Internacional de Protección de Los Derechos Humanos en relación a las sistemáticas violaciones a los derechos humanos en el mundo entero, pero sin necesidad de tantas cavilaciones puedo afirmar categóricamente que no existe un Sistema Internacional de Protección de Los Derechos Humanos, sólo existe lo que siempre ha existido: El Derecho del más fuerte.

Lo que resulta un indicio que raya en la certeza es la catástrofe que sufre la inteligencia humana: Si la gran mayoría de Naciones del Mundo comprende lo que pasa, porque subsiste el derecho de veto por parte de Los Estados Unidos de Norteamérica. Cómo puede ser posible que habiendo casi 900 muertos, un tercio de ellos niños, según las cifras de los genocidas, el mundo entero no hay sido capaz de pararse, los trabajadores no hayan parado las fábricas hasta tanto cese la masacre y la invasión, cómo es que no existe un líder en el Consejo de Seguridad que convoque a una acción eficaz para detener una matanza como ésta. Cómo es posible que los mecanismos, normas y procedimientos sean los mismos que aquellos que firmaron las potencias al fin de la segunda guerra mundial, justo antes de que se iniciara la desintegración del Pueblo Palestino y la imposición de Israel, de tal manera que quienes vivían en asentamientos hoy de manos de las potencias determinen la vida en Palestina y quienes conformaban un Pueblo con territorio y autoridades, hoy no solamente estén arrinconados, sino que no se les permita ni siquiera salir del holocausto de este siglo. Cómo es posible que quienes fueran las víctimas del genocidio nazi, sean hoy los victimarios. ¿Cuándo se jodió el hombre? La respuesta es la que quisiera darles a mis hijos y a los niños con quienes comparto esta menguada hora para la paz y la sabiduría.

La falta de objetividad, de imparcialidad y de independencia la estuve peleando ayer en un tribunal de control, donde ni la víctima conocía sus derechos, donde se le secuestró frente a jueces, fiscales, policías, alguaciles; y por denunciar tales hechos corrí el peligro de ser presentado en flagrancia por el ó los delitos que le diera la gana a cualquiera de las autoridades presentes. De la pena pase a la reflexión y me puse a releer los instrumentos jurídicos internacionales y lo primero que observé fue la indisposición de muchos de los países del llamado primer mundo a firmar las convenciones, convenios y tratados que protegen los derechos fundamentales de las personas y de especie humana como parte de la naturaleza. Es decir, la hipocresía comienza por los jefes del planeta.

Hace dos días el Consejo de Seguridad hizo un alto al fuego y lo que se presentó como noticia fue que EE.UU. no vetó la decisión. Cuando la verdadera noticia es que el Estado de Israel no detuvo la masacre que adelanta. La verdad es que los líderes árabes están eunucos.

Para lo único que puede servir esta experiencia es para conocer que no hay ley racional en el mundo, no hay regla congruente y coherente con la vida, no hay un sistema jurídico que garantice la vida; y esa realidad se proyecta en cualquier país, en cualquier región, en cualquier juzgado, en cualquier puesto de policía. No hay referentes de equidad, de justicia y de armonía. Si los invasores quieren continuar e invadir a Siria, nadie los detendrá, si quieren pasar y tomar Irán nadie los detendrá; a menos que la respuesta conlleve a una guerra mundial como la que dio inició al Sistema Jurídico Internacional, que en siglo pasado se dieron los triunfadores. Esta vez el motivo real sigue siendo el mismo: Los hidrocarburos. Depende de los Pueblos el desafío que está plateado. El Presidente electo de EE.UU., se ha venido pronunciando a favor de Israel desde febrero de 2008, ante el Comité del Congreso que defiende la causa israelita, su Canciller ya ha manifestado suficientemente su identificación con Israel. No entiendo porque todavía hay estudiosos que siguen esperando un milagro.

Entre tanto, las condiciones objetivas de la vida en el planeta se complican y lejos de producirse una sincera atención a este problema, los líderes de los países poderosos pelean por tener para sí, lo que puede ser la causa misma de nuestra propia destrucción, desconociendo que somos parte de esa fuerza, de esa energía y esa materia inadecuadamente, que terminará modificando los términos de la existencia, en los cuales parece que no tenemos ninguna o muy poca cabida.

miércoles, 22 de octubre de 2008

PERSPECTIVAS DEL CONSUMO DE ENERGÍA MUNDIAL



Una verdad se ve desde el cielo en la noche: Los países más pobres no tienen luz. No se trata de que tengan más o menos interés sobre el ahorro de energía que el resto. Simplemente, la tecnología no les ha llegado o su cultura no requiere de esta energía. De otra parte, desde aquí podemos imaginarnos donde están los bosques, los inmensos ríos, donde el petróleo. Ello es importante para conocer la responsabilidad que como ciudadanos tenemos porque podremos ser protagonistas de acontecimientos que profundizarán nuestra condición de víctimas, pero esta vez arrastrando a toda la tierra.

Cuando hablamos de los países del mundo occidental y capitalista, se espera que la demanda de energía aumente considerablemente en los próximos años a causa de crecimiento demográfico y el desarrollo económico (EIA, 2007).

Los pueblos pobres o con culturas distintas al capitalismo van experimentando fuertes cambios en su estilo de vida. La revolución industrial no les ha llegado pero si el consumo basado en la industria el mercado globalizado y en las nuevas tecnologías. Es evidente que los mayores incrementos en la demanda de energía se registran en los países en desarrollo. Se pronostica que la proporción mundial del consumo de energía habrá de aumentar del 46 al 58 por ciento entre 2004 y 2030 (EIA, 2007).

Según las proyecciones, el consumo de energía en los países en desarrollo crecerá a un ritmo promedio anual del 3 por ciento entre 2004 y 2020. En los países industrializados con economías maduras y un crecimiento demográfico previsible relativamente escaso, la demanda proyectada de energía crecerá al ritmo más bajo del 0,9 por ciento anual; sin embargo, partiendo de un nivel mucho más alto. El consumo de energía en las regiones en desarrollo superará, según las proyecciones, al de las regiones industrializadas para 2010. La generación de energía eléctrica representará alrededor de la mitad del incremento de la demanda mundial de energía, y el transporte supondrá un quinto de esa demanda, que en su mayor parte será de combustibles petrolíferos (EIA, 2007).

Una gran proporción del aumento de la demanda de energía resultará del rápido crecimiento de las economías asiáticas, especialmente China y la India. La demanda proyectada de energía en los países en desarrollo de Asia crecerá a un ritmo del 3,7 por ciento anual, cifra muy superior a la de cualquier otra región.

El consumo de energía en Asia se multiplicará por más de dos durante los próximos 20 años, representando alrededor del 65 por ciento del incremento total de la demanda de energía de todos los países en desarrollo. Pese a que se espera que el consumo de energía en los países en desarrollo de otras regiones haya de crecer a un ritmo más lento que en Asia, se prevé que las tasas de crecimiento excederán aun el promedio mundial.

Si bien todas las regiones jugarán algún papel en la oferta y demanda de
futuras de energía, los enormes incrementos del consumo proyectados en Asia convertirán a esa región en objeto de interés fundamental en los acontecimientos futuros relacionados con el sector de la energía.

La mayor parte de la energía mundial se genera a partir de fuentes no renovables, especialmente petróleo, carbón y gas. Tan sólo el 13 por ciento de la energía mundial proviene de fuentes renovables, y el 10,6 por ciento de éstas son fuentes 6 Bosques y energía renovables de combustibles y desechos urbanos renovables. El resto de las energías renovables son la hídrica, geotérmica, solar, eólica y maremotriz.

Las proyecciones relativas al consumo mundial de energía total muestran que, entre 2004 y 2030, la mayor parte del incremento corresponderá a los combustibles fósiles, y que la energía nuclear y de otras fuentes registrará aumentos relativamente menores en cifras absolutas. En porcentaje, el gas y el carbón registrarán probablemente los cambios más importantes, aumentando del 65 y 74 por ciento respectivamente.

Se espera que el consumo de petróleo aumente en un 42 por ciento, mientras que la energía nuclear y las energías renovables, que partirán de niveles mucho más bajos, aumentarán, según se anticipa, en un 44 y un 61 por ciento respectivamente. Los aportes definitivos de las diferentes fuentes de energía dependerán en gran medida de las orientaciones políticas. Es recomendable, por consiguiente, considerar las proyecciones más que nada como un punto de partida para discusiones futuras.

Nota: Toda la información estadística y matemática ha sido publicada por la Agencia Internacional de Energía.

martes, 7 de octubre de 2008

El Derecho: Instrumento para la defensa de la vida?

EL PAPEL DEL DERECHO EN DEFENSA DE LA VIDA EN EL SIGLO XXI

Que interesante observar como después de 10 siglos aproximadamente, cuando en Europa se produjeron el renacimiento de ciudades, nuevas rutas comerciales y las cruzadas, el crecimiento económico constituye la justificación de invasiones y el ordenamiento jurídico es revisado a la luz de los nuevos intereses.

Sin embargo esta actualización se manifiesta en la resurrección del derecho romano alrededor del año 1100 y con él comienza a consolidarse el Derecho Común no sólo por la rápida difusión intelectual que tuvo por el continente europeo gracias al papel de las universidades, de los maestros y de los estudiantes, sin dejar de lado el apoyo siempre interesado de las instancias políticas, quienes siempre han puesto en el derecho el papel de tutelar sus intereses.


Esta tradición jurídica no ha sido pacífica porque a partir del derecho romano, al sistema jurídico se le ha dado una atribución desmesurada, de un valor casi sagrado conjuntamente con el abuso de autoridad en el debate de ideas, esto es, a la cita desmesurada de los autores más prestigiosos como único y exclusivo modo de argumentación jurídico de relieve, por encima incluso de los propios textos legales o los propios razonamientos derivados del buen hacer, del pensar jurídico.

El ejercicio de la lógica, obra de filósofos y científicos en general, siempre, incluyendo a Aristóteles en su misión de formar al hijo de Filipo, Alejandro El Grande, termina siendo un ejercicio impuro del trabajo jurídico-intelectual. Partiendo de este pensamiento aristotélico que auspició la renovación metodológica devino con el paso del tiempo en su peor enemigo porque la libertad de criterio, el libre uso de la razón, la confianza en el propio raciocinio, han sido siempre arrinconados y reemplazados por métodos más prácticos y sencillos.


Lo que es común son las razones o argumentos de conveniencia, de oportunidad, de pretendida justicia o de lógica que se utilizan sobre el caso concreto.

Este trabajo que genera un sistema de soluciones expeditivas, rápidas y claras, tomadas de los textos romanos y sintetizados a partir de los mismos es la obra de Justiniano.

Es indudable que estos diez siglos aproximadamente la autoridad ha vaciado su esfuerzo en el ejercicio autentico de la lógica o de la degeneración de todo el método jurídico. La duda es el método formal, la crítica justifica la proliferación de opiniones y la consolidación de la jurisprudencia y la doctrina. Los intereses dominantes hacen que en este marco paguen justos por pecadores, conduciendo el derecho al deliberado camino de oscuridad.

Esto es lo que ha mantenido al sistema jurídico a lo largo de los siglos en el permanente riesgo de su propia ruina. Un conocimiento más especializado nos llevará seguramente a un estudio más concreto del ámbito jurídico, del lenguaje, de la técnica normativa, lo cual supone que quienes han accedido de manera reducida a este mundo, los letrados terminan siendo los supuestos depositarios del saber que constituye ese mundo jurídico.






No entendemos como la inteligencia humana se ha permitido arrebatar los argumentos de la lógica para el bienestar. ¿Por qué los filósofos, matemáticos físicos y naturalistas permitieron una división del trabajo intelectual que representaba delegar el poder sobre la vida, la legitimidad para decidir guerras en nombre de la paz, no obstante, que el pensamiento más bondadoso aborrece la razón pura y la formalidad.

Por ello mismo, desde los inicios de la Historia del Derecho se ha observado un fuerte vínculo entre el universo literario y el jurídico. Para expresarlo con sencillez recordemos como los Hermanos Grim afirmaron que hubo un tiempo en que derecho y poesía dormían en la misma cuna y vivían una misma vida. Será parte de otro trabajo apuntar que la crítica del Derecho Común ha sido parte de la propia literatura, particularmente entre los siglos XV y XVII, ciñéndonos a la producción procedente de España: Observemos en este sentido como en el Poema del Mio Cid, del padre de la moderna Historia del Derecho en España, Eduardo de Hinojosa, se trataban temas de los más dispar, como las clases sociales, el derecho de familia, y otros de corte jurídico que abundaban en la relación perfectamente constatable del conocimiento que el autor o autores del texto épico tenía del derecho.

Así mismo, El Quijote que ocupa un lugar relevante en el panorama de la Literatura universal e hispánica, ha sido la que mayor número de trabajos ha suscitado para mostrar sus aspectos jurídicos que ponen de manifiesto el conocimiento profundo que Cervantes tenía de la realidad que lo rodeaba en todos sus aspectos.

La literatura y el derecho tienen en común la permanente búsqueda del conocimiento más perfecto y profundo de una cultura, como lo debe ser de cualquier disciplina, lo que conduce a colocar al hombre como universo en el sujeto fundamental de este esfuerzo.

Cualquier otra disciplina, como la biología, la física o las matemáticas nos hubiesen dirigido por los mismos senderos de una lógica bondadosa con la búsqueda de la armonía del hombre.

Esta universalidad de las existencias materiales e intelectuales nos vuelve a hacer reflexionar en un momento en el cual se produce la globalización como un proceso impuesto por los avances de la ciencia y la tecnología.

Con esta realidad, no podemos desconocer el proceso de globalización en la creación del conocimiento, que lejos de significar el pensamiento único es la diversidad y el encuentro intelectual, tal cual como las especies de vida, en la infinita variedad de ideas, pensamientos, y, en el más intenso debate que haya tenido la humanidad.

En este sentido la globalización jurídica ha estado a la ofensiva con pensadores de alta talla como Hans Kelsen o Norberto Bobbio para señalar dos de los más conspicuos profesores del racionalismo y la centralización del pensamiento.

Esta manifestación que cuenta con una crítica constante no puede ser rebatida exclusivamente en que como construcción teórica jurídica no contiene la eficacia regulativa de los fenómenos sociales, como tampoco la imposición etnocéntrica de la cultura occidental que aparenta la unificación del mundo, independientemente de las diferencias de la cultura occidental con el resto.

La idea de producir un ordenamiento de toda la conducta humana constituye una aberración porque no puede desconocerse el carácter instrumental del derecho para someter históricamente a ciudadanos y pueblos que no cuentan con suficiente poder económico, político, militar y tecnológico, sin contar con las profundas diferencias culturales.

El sistema jurídico internacional, desde Alejandro El Grande, en la cultura occidental, no fue creado ni se ha mantenido para materializar la paz, la protección a los derechos humanos, la tutela del ambiente y de las condiciones de vida, el equilibrio demográfico, el desarrollo económico, el enfrentamiento eficaz al terrorismo y al tráfico internacional contra las drogas y las armas.

Hemos leído importantes discursos de líderes de países subdesarrollados, a propósito de la puesta en vigencia del Estatuto de Roma en 1.998, en los que se manifiesta la esperanza que los ideales y derechos del hombre puedan ser adecuadamente defendidos por organismos supranacionales, judiciales y policiales, con un poder autónomo de coerción que por supuesto tendría una fuerza militar internacional.

Esta visión centralista y pragmática conduce necesariamente a la delegación del poder en manos de quienes en nombre de la paz, han iniciado e inician guerras de agresión e invasiones en una evidente desviación de poder para apoderarse de materia prima y recursos que pertenecen a pueblos pobres que terminan víctimas de esta repetida forma de dominación.

Después de la guerra del Golfo esta tendencia se ha fortalecido. Veamos como este pragmatismo nos muestra una realidad: El debate sobre la situación de Afganistán y las últimas iniciativas para Irak, Irán, Pakistán y Oriente Medio están primero en la agenda de los precandidatos de los Estados Unidos de Norteamérica que en los organismos naturales de la Organización de las Naciones Unidas.

De esta manera es fácil pronosticar que continuará la guerra de invasión y que los organismos supranacionales sabrán producir la doctrina y la jurisprudencia internacional que no sólo justificará las invasiones sino que sancionará penalmente a los líderes de los países invadidos; todo con la finalidad de seguir cumpliendo con el papel instrumental al servicio de las grandes corporaciones económicas.

De manera que las decisiones adoptadas desde 1.946 hasta El Convenio de Ginebra de 12.VIII.1949, en su art. 85 remite expresamente a los "Principios de Nüremberg". Como también, en el informe tendiente a la formación del Tribunal ad hoc para juzgar a "las personas presuntamente responsables de violaciones graves del Derecho Internacional Humanitario cometidas en el territorio de la ex- Yugoslavia", y que el Secretario General de la ONU mencionó varias convenciones que afirmando que forman parte del Derecho Internacional consuetudinario: a) el Reglamento de La Haya de 1907, b) el Estatuto del Tribunal Militar internacional de Nüremberg de 1945 c) el Convenio sobre el crimen de genocidio de 1948 y d) los Convenios de Ginebra de 1949. El Tribunal de Nüremberg que condenó el crimen de guerra de "agresión" como un crimen internacional de orden "supremo" por contener en si mismo a todos los crímenes de guerra acumulados. (Lo define como el inicio de la guerra "violando tratados internacionales, acuerdos o compromisos, o participando en un plan común o conspiración para el logro de alguno de los anteriores"), pueden explicarse política y militarmente, pero nunca en el orden filosófico y jurídico, pues se legitiman en el ejercicio previo de la violencia, en la violación del debido proceso y el derecho a la defensa de los derrotados.

El 9 de diciembre de 1948 la Asamblea General de las Naciones Unidas dictó la resolución 260 adoptando la Convención para la prevención y sanción del delito de genocidio, "reconociendo que en todos los períodos de la historia el genocidio ha infligido grandes pérdidas a la humanidad. Convencidas de que para liberar a la humanidad de un flagelo tan odioso se necesita la cooperación internacional…Las Partes contratantes confirman que el genocidio, ya sea cometido en tiempo de paz o en tiempo de guerra, es un delito de derecho internacional que ellas se comprometen a prevenir y a sancionar". En el artículo IV se establece que "Las personas que hayan cometido genocidio o cualquiera de los otros actos enumerados en el artículo III, serán castigadas, ya se trate de gobernantes, funcionarios o particulares".

En el artículo VI se menciona por primera vez a la Corte Penal Internacional como posibilidad al señalar "Las personas acusadas de genocidio o de uno cualquiera de los actos enumerados en el artículo III, serán juzgadas por un tribunal competente del Estado en cuyo territorio el acto fue cometido, o ante la corte penal internacional que sea competente respecto a aquellas de las Partes contratantes que hayan reconocido su jurisdicción."

En la misma resolución la Asamblea General invitó a la Comisión Jurídica Internacional "a estudiar la conveniencia y posibilidad de establecer un órgano judicial internacional para el juzgamiento de personas acusadas de genocidio".

La comisión concluyó que el establecimiento de una corte internacional para juzgar ese crimen u otros de similar gravedad, era tan deseable como posible y como consecuencia la Asamblea General estableció un comité preparatorio de la propuesta. Ese comité a su vez elaboró un borrador de estatuto en 1951 y una versión revisada en 1953. La Asamblea General, sin embargo, pospuso el tratamiento del borrador por no encontrarse de acuerdo para definir el delito de "agresión" que pretendía incluirse, lo cual muestra la incongruencia de tipificar delitos por parte de quienes están por su poderío en el riesgo permanente de cometerlos y en consecuencia ser sometidos a responsabilidades.

La búsqueda de formar un Tribunal Penal Internacional para el juzgamiento de "delitos contra la humanidad" fue llamada el eslabón perdido del derecho internacional, así, la Corte Internacional de Justicia de la Haya no tiene jurisdicción sobre los individuos sino sobre los Estados.

La creación del Tribunal que surge del Tratado de Roma pretende poner fin a ese estado de cosas, posibilitando el juzgamiento de la responsabilidad individual de acusados por la comisión de esta clase de crímenes.

Desde nuestro punto de vista, la soberanía como poder político no debe delegarse o entregarse absolutamente so pena de su degradación. También la realidad de los hechos muestra un orden internacional que relativiza la teoría clásica de soberanía, sin embargo, la autodeterminación de los pueblos y la independencia garantizan el derecho de los pueblos a crecer y desarrollarse conforme a sus pensamientos, creencias y cultura. De allí surge la necesidad de revisar los principios, organización y sistema internacional vigente, particularmente donde el derecho definidamente jerárquico solamente ha garantizado la coerción y el uso de la fuerza; y siendo que el objeto de la humanidad es la armonía, la humanidad debe transitar con más dedicación para crear un sistema basado en la disuasión y persuasión, en la evolución cultural y el encuentro de los pueblos, en que ninguna acción signifique solución si trae consigo la muerte y la desolación.



Bibliografía:

Del discurso del ministro de Justicia argentino Granillo Ocampo ante la Conferencia Plenipotenciaria de Roma, 1.998.

Mona Rishmawi, Comisión internacional de Juristas, (Del discurso ante la Conferencia Plenipotenciaria para la creación de una Corte Internacional, Roma 1998).

José Benegas. La Corte penal internacional. Algunas Consideraciones críticas sobre sus Antecedentes y su regulación actual. Para ESEADE. Escuela Superior de Economía y Administración de Empresas

Hans Kelsen, Das Problem der Souveranitat und die Theorie des Volke rrechts.

Charles Rousseau, Derecho Internacional Público, Edit. Ariel, Barcelona, 1.956.

domingo, 28 de septiembre de 2008

SIGLO XXI: LA NATURALEZA COMO SUJETO

SIGLO XXI. EL DERECHO DE LA NATURALEZA


La naturaleza como sujeto de derecho:

A partir de los Informes sobre Desarrollo Humano, del Programa de las Naciones Unidas correspondientes a los años 1998, 1999 y 2001, se plantean algunos impactos de la globalización en el cual la nueva economía plantea una consolidación de los países desarrollados, habiendo integrado algunos países del tercer mundo para bajar los costos y aumentar sus mercados.

Los esfuerzos políticos están ampliamente encaminados a la mundialización de todos los intercambios de los flujos financieros. Observemos que en el caso de Africa existen regiones del planeta excluidas de las grandes inversiones, que teniendo mil etnias, en un territorio de 53 Estados y poblado por 728 millones de habitantes al que la “civilización” sigue tratando como un solo territorio y una sola población, no toma en cuenta ni estudia si su cultura aceptaría las nuevas tecnologías y el concepto de desarrollo capitalista que se le pretende imponer.

Si observamos a los países latinoamericanos, al comienzo del siglo XXI, bajo los nuevos conceptos de Estados Republicanos, derivados de la influencia de la revolución francesa y norteamericana, igualmente, habiendo incorporado mano de obra, recursos de la naturaleza y mercados, imitan bien la forma de vida de las élites sin haber llegado a la mínima condición de incorporarse al club de los 24 países desarrollados. Los planes que se les han impuesto desde las grandes corporaciones indescriptiblemente las colocan con un alto rendimiento de mano de obra barata, pero sin acceso a la tecnología ni a acuerdos comerciales dignos y equiparables en condiciones a las corporaciones dominantes y sus Estados. No obstante ello, en la ideología que se intenta imponer la cultura y los valores que deben ser alcanzados son los de los países desarrollados, sin contar con las herramientas que aquellos tuvieron para crecer. De lo anterior puede colegirse que la relación que la sociedad establece con la naturaleza, el Estado, la cultura y la tecnología, en gran medida está influenciada o depende de quienes ejercen el poder. Hoy, en la sociedad postcapitalista, quienes detentan el poder económico no solamente lo ejercen por intermedio del Estado-nación, sino que ante la pérdida de centralidad, de soberanía de éste, cuentan con una instancia clave, fortalecida y consolidada con el proceso globalizador: la gran empresa transnacional y el orden internacional que promueve
e institucionaliza. En 1970 había 7000 transnacionales; actualmente
Hay aproximadamente 44.000 con 280.000 filiales alrededor del orbe. Ellas controlan cerca del 70 por ciento del comercio mundial. Cuando se cruzan los datos de países y corporaciones con base en el producto bruto de desarrollo de los países y las ventas de las empresas, se tiene que de las 100 entidades más ricas del mundo, 51 son corporaciones y 49 países y el porcentaje de crecimiento de las 200 corporaciones más grandes del mundo dejó atrás el de la economía mundial total. En la redimensión de la relación naturaleza sociedad, la desaparición del proyecto socialista, con la desintegración de la URSS, deja el espacio abierto al proyecto capitalista para expandir, a merced el proceso globalizador y la gran empresa transnacional, la ideología del progreso material, con todas las consecuencias negativas para la civilización futura. Estamos en presencia de una visión capitalista salvaje que persigue, como nunca antes, la felicidad a través del más alto grado de acumulación material, diseminando patrones de consumo ecológicamente in sustentables y depredando a través del mercado y la tecnología a personas, empresas y naciones, es decir, cada vez más inmersos en una sociedad de riesgo mundial. Como correlato de lo expuesto, asistimos a un cambio de época en el cual la percepción cultural marca y confina la relación naturaleza sociedad a la esfera del dominio y sometimiento de la primera a los intereses de la segunda con base en la ideología, creencia y valores sustentados en el progreso material, el crecimiento económico y el desarrollo. Por esta vía, se mercantiliza dicha relación y se justifica la explotación indiscriminada e irracional de los recursos naturales sin tomar en cuenta los efectos sobre la sociedad.

ACERCA DE LA PERTINENCIA DEL DESARROLLO SUSTENTABLE.

Somos del criterio que la noción, la tesis y el discurso que fundamentan la propuesta del Desarrollo Sustentable, se corresponde con una época en la cual la transformación que se opera en la sociedad en todos sus ámbitos -político, económico, social, científico tecnológico y cultural- promueven relaciones de poder distintas, redefinidas, en el contexto que se inaugura con la emergencia y asunción de nuevos y diferentes roles para los actores tradicionales y los emergentes, a saber, el Estado-nación, la gran empresa transnacional y los movimientos ecologistas. Vale destacar, a grosso modo, que la conexión entre el problema del desarrollo y la problemática ambiental o ecológica se da de manera interrelacionada con un conjunto de procesos que vienen en curso para la época de la Cumbre de Estocolmo (año 1972) y que continúan y se encadenan con otros, durante las décadas siguientes hasta la época actual. Así, por ejemplo, el Informe del Club de Roma se pone en el tapete en momentos en los cuales está en ebullición la crisis petrolera y el cuestionamiento al industrialismo. Los enunciados allí contenidos y los que formulará la misma institución en 1991, (The First Global Revolution) y en 1992 (Beyond the Limits) realmente pueden considerarse postulados premonitorios o directrices de lo que hoy conocemos como globalización, a despecho del uso que se les haya dado: primero, que la economía debe basarse en el criterio de responsabilidad más que por el de ganancia inmediata (¿tendrá que ver con el tema de la responsabilidad social en el ámbito empresarial?); segundo, que es necesario generar prácticas económicas sustentables (¿prefiguración para la noción de sustentabilidad?), tercera, que debe avanzarse en la conformación de una “nueva comunidad humana” (¿más allá del Estado-nación, en el
espacio transnacional?) y, cuarto, la promoción del respaldo a partidos políticos, organizaciones no gubernamentales y movimientos sociales para modificar el patrón industrialista de producción (¿fortalecimiento de la sociedad civil mundial y deslegitimación del Estado?).

Ahora bien la globalización no lo es solo en el campo económico. En el contexto histórico que estamos refiriendo irrumpe en la discusión mundial la cuestión ecológica y ambiental de tal forma, que será asumida con énfasis central en la propuesta de desarrollo sustentable formalizada por la Organización de las Naciones Unidades- Programa para el Medio Ambiente (PNUMA), a partir del Informe de la Comisión Brundltand (1987). En los registros bibliográficos existentes se pueden identificar diversas nociones de desarrollo enmarcadas en propuestas elaboradas por distintas organizaciones mundiales y autores. Así, por ejemplo, además de la ya señalada del Desarrollo Sustentable, están la de Desarrollo con Rostro Humano (UNICEF); Desarrollo contra la Pobreza (Banco Mundial); Transformación Productiva con Equidad (CEPAL); Desarrollo para Enfrentar la Deuda Social (PREALC); Dimensión Cultural del Desarrollo (UNESCO); Desarrollo Endógeno (Antonio Vásquez-Barquero y otros); Desarrollo Endógeno Tecnológico (UNICAMP); Desarrollo a Escala Humana (Felipe Herrera y otros); Desarrollo para las Mayorías Desantendidas (Vuskovic); aparte de las proposiciones de otros organismos y agencias, como el SELA, FAO y OPS.

Tendencias actuales:

En los albores del siglo XXI, parecería que ya pasó el siglo. Desgarradoras imágenes dan cuenta –por igual- de las víctimas de la más encendida guerra que se extiende desde Afganistán, Irak, Georgia, y por declaraciones de lideres que no podemos soslayar, tienden a extenderse hacia Irán, Pakistán y por ende a todo el medio oriente; y de los millones de desplazados en Haití, Cuba, República Dominicana, importantes islas del Caribe y de grandes centros urbanos hacia el sur y el centro de Estados Unidos de Norteamérica, pero esta vez producto de las condiciones del hábitat que han provocado las revoluciones industriales, el nuevo modo de “vida”, los huracanes y las propias guerras.

CONSECUENCIAS DE LA SITUACIÓN EN LOS DERECHOS HUMANOS. LA DESMITIFICACIÓN DE LOS DDHH:

El desenvolvimiento de los sucesos económicos, sociales, políticos, culturales y ambientales van aclarando los términos de un debate sobre la diferencia de los derechos humanos del derecho en general. Los habitantes de los países subdesarrollados no ven esta diferencia porque son testigos y víctimas de la misma miseria, hambruna, desnutrición, carencia de viviendas dignas, violencia e inseguridad ciudadana, represión de autoridades, cárcel y crisis de todos los sistemas penitenciarios, violaciones permanentes al debido proceso y corrupción de los sistemas judiciales.

El protocolo de Kyoto es un acuerdo internacional ligado al convenio de base de Naciones Unidas sobre cambio del clima. La característica principal del protocolo de Kyoto es que fija a las partes obligatorias, para 37 países industrializados y a Comunidad Europea para reducir emisiones del gas del invernadero (GHG). Éstos ascienden a un promedio de cinco por ciento contra los niveles 1990 sobre el período de cinco años 2008-2012.

La distinción principal entre el protocolo y la convención es que mientras que la convención animó a países industrializados que estabilizaran emisiones de GHG, el protocolo las confía para hacer más.

Reconociendo eso los países desarrollados son principalmente responsables de los altos niveles actuales de las emisiones de GHG en la atmósfera como resultado de más de 150 años de actividad industrial, el protocolo da una carga más pesada en naciones desarrolladas bajo principio del “campo común pero con diferentes responsabilidades”.


El protocolo de Kyoto fue adoptado en Kyoto, Japón, el 11 de diciembre de 1997 e incorporado en fuerza el 16 de febrero de 2005. 182 partes de la convención han ratificado su protocolo hasta la fecha. Las reglas detalladas para la puesta en práctica del protocolo fueron adoptadas en el POLI 7 en Marrakesh en 2001, y se llaman los “acuerdos de Marrakesh.

A pesar de estos esfuerzos de la inteligencia humana, este año 2008, hemos visto como se han acelerado los fenómenos físicos ambientales que para algunos de manera eufemística ponen en peligro a la tierra y para otros, sencillamente, están acabando las condiciones de vida de varios millones de especies entre las cuales está la principal depredadora como es la humana. En consecuencia la tierra seguirá su curso con nuevos o viejos habitantes de no haber cambios inmediatos.

El 16 de septiembre de 2008, la Agencia del Clima de las naciones Unidas declaró que este año 2008 el agujero en la capa de ozono sobre la Antártida sobrepasó este año el tamaño que tenía en 2007 y podría continuar creciendo durante algunas semanas más.

El agujero en la capa de ozono sobre la Antártida que reaparece cada año y extiende su tamaño hasta alcanzar una superficie máxima equivalente al tamaño de América del Norte, entre fines de septiembre y comienzos de octubre, filtra los rayos ultravioletas provocando el cáncer en la piel, apareció este año relativamente tarde, sin embargo, en las últimas semanas ha crecido rápidamente y ha superado el tamaño máximo alcanzado en 2007. Como el agujero de ozono está todavía creciendo, es demasiado pronto para establecer lo grande que va a ser este año", dijo la referida Agencia, conocida también como “WMO”, en un comunicado: El agujero de ozono alcanzaba el sábado pasado unos 27 millones de kilómetros cuadrados, en comparación con la marca de 25 millones de kilómetros cuadrados que ocupaba el año pasado, según la WMO, cuyo comunicado fue emitido en el Día Internacional de Protección de la Capa de Ozono.

Por otra parte, la ONU que acaba de finalizar su Asamblea Anual se mantiene a la defensiva y retrazada en relación a este tema.

Sin embargo queremos y debemos destacar entre las propuestas a este problemas la conocida como de financiación global de las medidas de protección contra los efectos del calentamiento del planeta presentada por Suiza, estrategia que suscitó un vivo interés.

Desde la Conferencia sobre el Clima (2007) en Bali, se habla cada vez más de la necesidad de adoptar medidas para afrontar las consecuencias del calentamiento, y del financiamiento de esas medidas. En paralelo, sigue el debate sobre los medios de frenar el proceso de calentamiento, en particular, sobre una disminución y estabilización a largo plazo de las emisiones de CO2.

En los últimos meses, diversos países industrializados iniciaron la creación de un fondo para el clima con promesas concretas. Pero las necesidades financieras no están cubiertas ni de lejos, considera el Ministerio suizo de Medio Ambiente, Transportes, Energía y Comunicación.

Medidas costosas pero posibles

Solamente las medidas de adaptación costarían entre 10 y 40 mil millones de dólares, según las estimaciones del Banco Mundial. Con su propuesta, Suiza desea asegurar también a los países más pobres, un acceso a estas medidas de protección.

Debemos tomar en cuenta que en el debate realizado por los candidatos a la Presidencia de EE.UU. en esta misma semana, expresaron y admitieron que el gasto militar en Afganistán e Irak está alrededor de 700 mil millones de dólares, la misma cifra que se asomó para superar la crisis financiera en la cual está sumergido este país y que habiendo sido formulada por el Departamento del Tesoro fue considerada inconveniente y llevó por primera vez a una reunión relativamente pública, convocada por el Presidente en el óvalo de la Casa Blanca con la asistencia de los candidatos presidenciales demócrata y republicano, sin éxito alguno.


Disminuir las emisiones de CO2

El modelo suizo de financiamiento prevé un impuesto de 2 dólares por tonelada de emisión de CO2, lo que produciría beneficios de 48.500 millones de dólares por año.

Se calcula un volumen de 1,5 tonelada de emisión de CO2 'per cápita' por país. Este volumen corresponde al nivel mundial de emisión que, según un estudio de la ONU, no deberá ser superado, si se quiere impedir un colapso total del clima de aquí a finales de siglo.

Eximiría de ese impuesto a los países en desarrollo que producen menos de 1,5 tonelada de gases con efecto invernadero 'per cápita' y por año. Los Estados que superen ese límite deberán pasar a la caja, según el sistema: el que contamina, paga.

Fomento a proyectos nacionales

La propuesta prevé, por otro lado, que una parte de esos ingresos pueda consagrarse a financiar proyectos para la disminución de emisiones de CO2 en los propios países, en función de su nivel de desarrollo. Los países más pobres se beneficiarían del máximo (85%), y los industrializados del mínimo (40%).

El resto sería destinado a un fondo global que serviría para financiar medidas de prevención y protección en los países con ingresos medios y bajos.

"Este modelo permitiría, a nuestro modo de ver, respetar un equilibrio entre los deberes de los países industrializados y los de los países en desarrollo", precisó Moritz Leuenberger, Ministro del Ambiente y representante de la Confederación Suiza.

Una asunto actual

El ministro de Medio Ambiente presentó la propuesta suiza en el marco de un foro de países que analizan los métodos de financiación vinculados al cambio climático.

Además de la Confederación Suiza, Bangladesh, los Países Bajos, Gran Bretaña, así como el Banco Mundial, formaron parte de la mesa redonda. En el público figuraban entre otros, ministros de Desarrollo y Medio Ambiente de varios Estados.

El moderador del debate fue Jeffrey Sachs, economista estadounidense y consejero especial de la ONU para los Objetivos del Milenio. "Es un tema muy importante, que afecta al presente y no al futuro", declaró.

Los Objetivos del Milenio de la ONU y el calentamiento climático están vinculados y sus agendas coinciden parcialmente. "El desarrollo significa también la adaptación y viceversa".

Preservar los objetivos de desarrollo

Es decir, las medidas de protección del clima no deben adoptarse en detrimento de los objetivos de desarrollo. Para ello, son necesarias las propuestas concretas para una financiación justa y fiable de esas medidas.

"Sin ingresos suplementarios, no podremos superar las dificultades. La propuesta suiza es fácilmente practicable. Podría ser un mecanismo muy eficaz".

Una propuesta entre otras

La propuesta de la Confederación no es la única. Pero suscita un eco bastante bueno, porque es concreta y se basa en una fuente de ingresos segura.

Moritz Leuenberger explicó que su proyecto puede muy bien combinarse con otros conceptos. Por ejemplo con el de la Unión Europea, que propone una financiación sobre la base de una subasta de certificados de emisión.

"No tenemos la pretensión de ver nuestra propuesta aplicada tal cual". Pero es pragmática y ofrece un marco para los próximos debates que deben desembocar en un acuerdo complementario al Protocolo de Kioto en la cumbre sobre el clima, a finales de 2009 en Copenague.

"Es tiempo de que los Estados no se satisfagan más con promesas y asuman compromisos firmes", declaró Moritz Leuenberger, para concluir.

La información de prensa ha sido tomada de la red, la TV y de Swissinfo (Rita) Emch en Nueva York y respecto de la Asamblea de la ONU, apoyados por la traducción de Marcela Águila Rubín.

domingo, 7 de septiembre de 2008

Siglo XXI: NUEVO RETO PARA LA HUMANIDAD

Físicos y Biólogos llamaron al siglo XX como el siglo de la física cuántica o la biología molecular. De una u otra manera la física cuántica y la biología molecular han sido fundamentales y pueden haberse llamado revoluciones, de las nuevas tecnologías electrónicas de la comunicación o los impresionantes avances registrados en el terreno de la ingeniería genética. Otros han defendido al siglo XX como el siglo de los derechos humanos y el siglo de las mujeres.
Pero no menos cierto, deja de ser que el siglo XX siendo testigo de la Declaración Universal de 1.948 y ha tenido que sufrir al mismo tiempo una de las más terribles y masivas violaciones de derechos humanos, como lo habrán de recordar por los siglos de los siglos venideros esas tragedias como fueron Auschwitz, el Gulag o Hiroshima y otras catástrofes acaso no tan significativas impresionantes, pero, constantes a lo largo de este pasado siglo verdaderamente atroz para la humanidad.
Esta paradójica existencia nos coloca a finales de la primera década del siglo XXI sin respondernos todavía sobre que fue lo que nos motivó y por qué luchamos y que logramos. Ciertamente, hablar de derechos humanos es referirnos a los derechos fundamentales; pero como pudo la humanidad suscribir tantas declaraciones, convenciones, tratados y pactos en defensa de la libertad, la igualdad y la dignidad del ser humano y erigirse simultáneamente en la mayor depredadora, hasta de su propia especie? Si observamos bien, lo primero que merece decir en rigor es que los supuestos derechos aún no son derechos porque no sido recogidos en los textos legales de algún ordenamiento jurídico, sea a nivel nacional o internacional bajo las reglas que los hacen exigibles y coercitivos. Aparecen recogidos en las Constituciones de buen número de Estados contemporáneos, como el nuestro; e igualmente en la Declaración de la ONU de 1.948 y en los diversos Pactos de Derechos firmados desde entonces por los Estados miembros de esa Organización, como los Pactos de Derechos Civiles y Políticos o de Derechos Económicos, Sociales y Culturales relativos, respectivamente, a los llamados “derechos de libertad” o “derechos de” -el caso, por ejemplo, de las libertades de expresión o de asociación- y “derechos de igualdad” o “derechos a” -el caso, por ejemplo, del igual acceso a la atención de la salud o la educación-, y otros. Esta observación nos lleva a contar con derechos claramente declarativos, pero que no existen porque no se cumplen, aunque favorecen de paso a la humanidad entera. En el XXI, estamos como ocurrió en la América del Norte anterior a la Independencia o en la Francia anterior a la Revolución del siglo XVIII, donde tales derechos no existían pero eran invocados como si existieran por independentistas y revolucionarios. Y así ocurrió también en muchos países durante el siglo XX, como de nuevo sin ir más lejos en la España de la dictadura franquista, donde los derechos humanos eran invocados como si fueran auténticos derechos por la oposición al Régimen pero sin que éste, pese a la condición de miembro de la ONU del Estado Español, se hubiese tomado nunca la molestia de reconocerlos ni recogerlos en ningún texto legal, a no ser de manera caricaturesca en el denominado Fuero de los Españoles que oficiaba como “Ley Suprema”, esto es, como remedo de una Constitución.
Antes, pues, de cualquier positivación jurídica, es decir, antes de ser derecho positivo, los derechos humanos serán sólo, y no es poco, aspiraciones o más exactamente exigencias morales -exigencias morales de libertad y de igualdad, en suma la lucha de recibir un trato acorde con la dignidad humana- que individuos y grupos de individuos desearían ver jurídicamente reconocidas, esto es, convertidas en derechos sin otra razón para exigirlo así que su simple condición de seres humanos (como tantas veces se ha recordado, las pancartas portadas por los seguidores de Martin Luther King en la lucha por el reconocimiento de los derechos de la población negra de su país que rezaban “I am a human being”: “Soy un ser humano”; y es que, si bien se mira, ¿cómo cabría negar su condición humana a quienquiera que sea capaz de afirmar por sí mismo que la posee y esté dispuesto a luchar, e incluso a morir, por demostrarlo?.
Ello no descarta el valor y la eficacia probada de los derechos humanos como un arma reivindicativa, y que debemos seguir haciendo uso, pero con la conciencia de que en su vigencia declarativa demuestra que el ordenamiento jurídico nacional, regional e internacional no ha incorporado objetivamente estos derechos, y ellos siguen siendo banderas, mientras la hambruna se mantiene a alto nivel, la pobreza y la desigualdad social son realidades insoslayables; y menos que eso el derecho a la vida de millones de seres humanos está permanentemente en manos de unos pocos que convierten al derecho y a los derechos humanos en una reafirmación del ejercicio de la dominación, del exterminio, de la discriminación, de las desigualdad social más abyecta.
Las “utopías” se dispersan y se alejan, como la línea del horizonte cuando avanzamos hacia ellas, precisamente en la medida en que tratamos de alcanzarlas. Esto pudiera aclararnos que no pretendemos confundir el derecho y los derechos humanos con la moral, la religión y ni siquiera con el derecho natural; pero históricamente puede comprobarse que las utopías sirven para relacionarnos con la inteligencia y el ejercicio de la razón, en la permanente búsqueda de lo más adecuado para la felicidad y en el marco del derecho, lo más cercano a la justicia.
Conviene establecer la distinción que existe a este respecto entre la “condición humana”, sobre la que descansa la índole peculiar de los derechos humanos y la “naturaleza humana” que acabamos de desechar como su fundamento. La segunda es una categoría biológica que nos iguala como nos diferencia de los animales, mientras que el de condición humana es un concepto sociohistórico que -lejos de estar dado de manera natural- ha habido que construir trabajosamente, a lo largo de los siglos, en diferentes épocas y diferentes sociedades. De la condición humana no se consciente en la sociedad esclavista de la Antigüedad (que no hubiera podido hacerla extensiva a todos los seres humanos, pues los esclavos se habrían hallado excluidos de su disfrute) ni tampoco en la sociedad teocéntrica de la Edad Media (donde la autonomía de los sujetos morales habría tenido forzosamente que supeditarse a los Mandamientos heterónomos de la supuesta Ley de Dios), de suerte que nuestro mundo occidental no acabaría de acceder a una noción cabal de la misma sino con la Modernidad (por expresarlo abandonándonos a un cierto etnocentrismo imposible de evitar y del que, en cualquier caso, es menester cobrar conciencia para poder pasar luego a hacer algo en orden a superarlo). Es decir, aquella noción cabal de condición humana presupone -por lo menos, repito, en Occidente- una ardua travesía desde el Renacimiento, pasando por la Reforma, hasta la Ilustración, que fue justo el momento, en el que nace “el derecho humano”, lo que podríamos llamar ahora la invención de los derechos humanos. Una expresión esta última, la de “invención de los derechos humanos”, que hay que tomar completamente en serio y, por así decirlo, en su sentido literal.
Lejos de ser derechos naturales, los derechos humanos han podido ser caracterizados como “uno de los grandes inventos de la Modernidad” y entre sus manifestaciones está el invento del telar mecánico o el de la máquina de vapor, inventos éstos estrictamente contemporáneos del Bill of Rights o Carta de Derechos del Buen Pueblo de Virginia de 1.776 o de la Déclaration des droits de l’homme et du citoyen, la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de la Asamblea de Francia de 1.789, tal y como la Revolución Industrial sería asimismo contemporánea de esas revoluciones políticas que fueron la Revolución Norteamericana o la Revolución Francesa.
Pero los derechos humanos no sólo han sido un invento de los seres humanos sino que éstos, además de inventarlos, han tenido que ser instaurados. Volvemos a afirmar en otros términos que tras las Cartas y Declaraciones de Derechos, en las que se materializa la clásica Teoría del Contrato Social, se ha requerido que concurra un amplio consenso moral de los miembros de la sociedad acerca de una serie de valores compartidos entre los cuales pueden ser atraídos al debate la permanente propuesta revolucionaria. Y semejante consenso, o el contrato levantado sobre él, habrá a su vez sido el fruto de la autodeterminación del pueblo soberano de los países donde tales Derechos se promulgaban o, más exactamente, de los integrantes individuales de ese pueblo, puesto que, en última instancia, la autodeterminación de los colectivos -como los pueblos, las naciones y demás- pasa inexcusablemente por la autodeterminación de los individuos que los integran. Además de la conquista por las clases asalariadas de sus derechos civiles y políticos (los llamados “derechos humanos de la primera generación”), el siglo XIX y parte del siglo XX hubieron de presenciar también buen número de revoluciones obreras y campesinas -desde la de la Comuna de París de 1.871 a las Revoluciones Rusa y China propagadas bajo el signo del comunismo a lo largo de la pasada centuria, amén de las más moderadas, pero quizás por eso también más perdurables, luchas sindicales de inspiración anarquista o socialdemócrata que prosiguen en nuestros días-, todas ellas directa o indirectamente inductoras de la consolidación de los derechos económicos y sociales (los llamados “derechos humanos de la segunda generación”) de los trabajadores, así como de la generalización de los beneficios de los sistemas de seguridad social en mayor o menor medida maneja al incremento de la prosperidad en los países desarrollados. Y se necesitó una cruenta Guerra de Secesión para que la Constitución norteamericana reconociera en el siglo XIX los derechos de los antiguos esclavos negros, derechos cuyo pleno disfrute -cosa ciertamente distinta de su mero reconocimiento legal- no se produciría hasta un siglo más tarde, ya en la segunda mitad del XX, después de que los pueblos colonizados hubieran conquistado su independencia y, con ella, sus derechos culturales (los llamados “derechos humanos de la tercera generación”, como el derecho a la propia lengua y demás elementos constitutivos de la identidad de su cultura), derechos que desde las colonias pasaron luego a ser reivindicados, dentro de las respectivas metrópolis, por las minorías marginadas, esto es, excluidas una vez más en sus correspondientes sociedades, como en el caso, por ejemplo, de las minorías étnicas, pero también, por extensión, de otras muchas minorías, desde minorías religiosas a las de género o preferencia sexual entre otras.
Como se desprende de la historia de la lucha por todos esos derechos, lo verdaderamente relevante en ella no parece haber sido tanto el consenso acerca de la justicia del reconocimiento de los mismos cuanto el disenso ante la injusticia de su falta de reconocimiento, disenso protagonizado en cada caso por los individuos y grupos de individuos (burgueses, trabajadores, pueblos colonizados, minorías metropolitanas.
Podemos afirmar que si la Justicia, como antes se dijo, no es de este mundo sino utópica y nadie ha visto jamás su faz completa, las injusticias en cambio de este mundo son inmediatamente perceptibles y todos podemos conocer de manera inequívoca su rostro, pero especialmente quienes las padecen, lo que les legitima y por añadidura nos legitima a los demás para tratar de erradicarlas. Pero de la sucesiva conquista de los derechos que hemos visto -derechos de la primera, la segunda y la tercera generación, a los que hoy se añadiría una cuarta generación de derechos humanos representada por los derechos medioambientales, como el derecho a un agua o un aire no contaminados- no debieran extraerse conclusiones ingenuamente progresistas.
A diferencia del progreso científico y tecnológico, que -de no ser por nuestro mal uso del mismo y sus posibles consecuencias catastróficas, como en el caso de un desastre nuclear- no dará por sí solo marcha atrás ni nos devolverá a la barbarie de la Edad de Piedra, el progreso en el ámbito de los derechos humanos está lejos de ser irreversible y todo lo conseguido en varios siglos se puede desandar en poco tiempo, como sobradamente lo demuestran las bárbaras matanzas producidas en las guerras que han tenido lugar en el planeta desde 1.948.
Hermanados por nuestra naturaleza y condición humana, los que resulta más relevante en la vida social son los conflictos a la distribución de los víveres disponibles, al abastecimiento de los distintos tipos de servicios, etc., etc., etc.-,
Por expresarlo de otro modo, Kant sería hoy un decidido partidario de las Naciones Unidas, de las que no en vano fue su opúsculo un precursor. Pero Kant reconocería asimismo que las Naciones Unidas actuales se hallan ciertamente muy lejos del modelo que él tenía en mente. La ONU u Organización de las Naciones Unidas tendría por cometidos principales la protección de los derechos humanos y la preservación de la paz en el mundo, cometidos no siempre compatibles entre sí, puesto que en ocasiones el primero impone a la Organización su intervención armada en este o aquel punto del planeta. En cuyo caso la estructura de la misma comienza a descubrir sus grietas.
Hay ocasiones en que una intervención urgentemente necesaria en una zona del globo puede llegar a verse bloqueada por la interposición del veto de una de las grandes potencias en su Consejo de Seguridad, mientras que, en otras ocasiones, algunas de esas potencias pueden urgir en tal Consejo una intervención innecesaria o contraproducente antes de que el pleno de la Asamblea General llegue a reunirse a tiempo de revocar dicha resolución. Lo que aún es más, tampoco faltan ocasiones en las que las resoluciones de la Organización tienden a maquillar con posterioridad lo que en principio fueron decisiones unilaterales de la potencia hegemónica, la cual, junto con sus adláteres, ha llegado incluso otras veces a realizar intervenciones bélicas al margen de las Naciones Unidas, cuando no desoyendo impunemente sus recomendaciones en contrario. Los vetos sobre la cuestión de Palestina, la guerra del Golfo, los bombardeos de Serbia durante el conflicto de Kosovo o el curso de los acontecimientos en Afganistán y países vecinos servirían para ilustrar, entre otras ilustraciones posibles, los casos que se acaban de mencionar. Contra el pronóstico de Kant, y desde luego contra sus deseos, el mundo presenta hoy una configuración más o menos imperial, lo que evidentemente dificulta su configuración en un futuro como una auténtica Liga o Sociedad Confederada de Naciones. Mas, comoquiera que ello sea, de las Naciones Unidas hay que decir hoy día que aunque estén lejos de constituir una condición suficiente para la protección de los derechos humanos y la preservación de la paz a nivel mundial, constituyen al menos una condición necesaria de una cosa y otra.
Solamente desde una perspectiva cosmopolita nos permitiría levantar el vuelo, pero sin renunciar a las raíces. Y es estar enraizado, pero sin dejarnos por ello recortar las alas. Que es la única manera en que los seres humanos, y no tan sólo sus derechos, podrían llegar a ser verdaderamente humanos, esto es, tales que nada humano les sea ajeno.
Pero, dejando la última palabra a los individuos, sólo en ellos encarna esa común condición humana que trasciende a las etnias y a los territorios, a las culturas y a las civilizaciones; y sólo de ellos cabría, pues, esperar, a través de su lucha en pro de los derechos humanos, que semejante condición común acabe por prevalecer sobre las discriminaciones étnicas o territoriales y las hostilidades culturales o civilizatorias.
Y de los individuos, si de alguien, ha de partir también el impulso inicial para ascender, peldaño tras peldaño, en la empeñosa y secular tarea de construcción de la cosmópolis.
Mediante este Blog les invito pues a intercambiar ideas sobre esta materia en una perspectiva de defensa y promoción de la vida.
Parece necesario revisar la propia crisis que envuelve el conocimiento científico y asumir sin recelo la tendencia autodestructiva que asumen los dirigentes del globo, sin tomar en cuenta que en él vamos todos. El reto de las mayorías es romper con cualquier esquema que justifique la dominación de una minoría, aunque el esquema de dominación se haga en nombre de todos.